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¿Está permitido el ingreso de animales a las bibliotecas?

Se permite el ingreso de animales de compañía a los diferentes espacios, a excepción de las cafeterías (por recomendación del Ministerio de Salud); si la biblioteca se encuentra en un espacio compartido, el usuario deberá aceptar la reglamentación que establezca sobre mascotas la entidad que acoge la biblioteca. En todos los casos, la mascota debe estar siempre con su dueño o dueña, al ser el/la responsable de su cuidado y del cumplimiento de las normas de higiene. De igual manera se recomienda que los responsables de las mascotas cuenten con los elementos necesarios para garantizar el bienestar de la mascota durante su permanencia, por ejemplo: bolsas, alimento, agua, collar, etc., además de evitar que estas interrumpan la permanencia y disfrute de los espacios por parte de otros usuarios.

 

Se restringe el ingreso de animales de compañía a eventos masivos en espacios cerrados como auditorios, salas de música, salas de capacitación (conciertos, presentaciones musicales y/o artísticas, etc.) y a espacios reducidos con programación dirigida a público de primera infancia.

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